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Qué hacer si Hacienda detecta errores en mis facturas

Publicado por asesoriaratio.com | miércoles, 11 de enero de 2017 a las 09:05 h.
Fuente Cinco Dias
Si se ha presentado alguna factura incompleta o con errores hay que solicitar una rectificación de la misma para poder deducir al impuesto soportado, pero no debería conllevar sanción

Qué hacer si Hacienda detecta errores en mis facturas

Si se ha presentado alguna factura incompleta o con errores hay que solicitar una rectificación de la misma para poder deducir al impuesto soportado, pero no debería conllevar sanción

 

Cuando la Agencia Tributaria ordena una inspección, el funcionario comprobará todas las facturas declaradas. Si detecta algún error no permitirá que se deduzcan los impuestos soportados en la correspondiente declaración.

Según explica la asesoría Centeco, los principales requisitos exigidos en las facturas son el número correlativo de factura, fecha de expedición, nombre y apellidos o denominación social, domicilio y NIF del expedidor de la factura del destinatario. Además, la factura deberá contener el concepto de la operación, el tipo impositivo y la cuota tributaria y la fecha en la que se hayan producido las operaciones en el caso de que sea distinta a la de la factura.

 

La Ley establece que no se permitirá la deducibilidad del IVA cuando las facturas no cumplan todos y cada uno de los requisitos exigidos, salvo que se produzca una rectificación de dichas facturas. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado al respecto y considera que los simples incumplimientos formales no deben llevar aparejados la pérdida del derecho a deducir. En la misma línea han interpretado la Ley nuestros Tribunales domésticos, como el Tribunal de Justicia de la Comunidad Valenciana, que ya en una ocasión permitió la deducción de un IVA soportado en facturas que se encontraban incompletas.

Por otro lado, la deducción del IVA en facturas que no cumplen con todos los requisitos formales no presupone la comisión de una infracción tributaria, es decir, no siempre se acompañará de una sanción. El Tribunal Supremo falló en una sentencia que, existiendo factura y habiéndose soportado el impuesto, se entiende que la empresa tenía una expectativa razonable de que el impuesto fuera deducible.

Por tanto, si durante la instrucción de un procedimiento de comprobación o inspección, aparecieran algunas facturas que no cumplen todos los requisitos formales que recoge la Ley, habrá que solicitar al expedidor de la misma una factura rectificativa que subsane los errores encontrados y presentarla en la Agencia Tributaria para que se regularicen las cuotas de IVA soportado que se dedujo en su momento. En caso de sanción, Centeco recomienda presentar un recurso apoyándose en los argumentos del Tribunal Supremo.

 

Más información ... http://cincodias.com/cincodias/2017/01/08/autonomos/1483906247_248251.html?id_externo_rsoc=FB_CC

 
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