Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia y poder ofrecer un mejor servicio. Al continuar entendemos que se acepta nuestra Política de cookies.
 
 
 
    volver a home > Noticias de Asesoria Ratio > Nuestro Blog > Las empresas deberán registrar las horas de la jornada laboral del trabajador  
 
 
 

Nuestro Blog

4
ABR.
2019
 
 
 

Las empresas deberán registrar las horas de la jornada laboral del trabajador

Publicado por asesoriaratio.com | jueves, 4 de abril de 2019 a las 08:46 h.
Fuente asesoriaratio.com
El Gobierno aprueba el control de la entrada y salida del puesto de trabajo para cortar el abuso de horas extra y la temporalidad

Registro de la jornada de trabajo

 

Se crean los registros de entrada y salida de cada trabajador, que deberán tener todas las empresas y que servirán para controlar que no se excedan las jornadas laborales máximas exigidas en la normativa y que, en su caso, se retribuyan las horas extras. 

 

El artículo 10 modifica el art. 34 del Estatuto de los Trabajadores para incluir un nuevo apartado 9 que obliga a las empresas a realizar un «registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora», sin perjuicio de la flexibilidad horaria establecida en el Estatuto de los Trabajadores, pero sin concretar la forma de realizar dicho registro. La empresa tendrá que conservar los registros durante cuatro años. El incumplimiento de  esta obligación será una infracción grave que supone una multa de 206 a 6.250 euros (el artículo 11 modifica el artículo 7 LISOS). 

 

 

El registro horario entrará en vigor el día 12 de mayo de 2019. 

 

 

Departamento Laboral Asesoria Ratio

 
compartir
Compartir Facebook
Compartir Twitter
Compartir Linkedin
 
 
 
 

Publicaciones

Últimos Post