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28
MAR.
2019
 
 
 

Bonificaciones para que los autónomos puedan conciliar

Publicado por asesoriaratio.com | jueves, 28 de marzo de 2019 a las 09:57 h.
Fuente cincodias.com
Permiten contratar a una persona que te supla en tus funciones o para reincorporarse tras haber sido madre.

Los profesionales autónomos podrán beneficiarse de bonificaciones para poder conciliar la vida laboral y familiar.

 

Existen varias líneas, que pueden resultarte interesantes, si es tu caso.

Estamos a tu disposición para ampliar información y resolver todas tus dudas,  llamanos 923 215 688.

La primera de estas líneas está vinculada a la contratación, y es que este tipo de bonificación ayuda a los profesionales autónomos que contratan a personas para suplirle mientras concilia su vida familiar. Podrán solicitar estas bonificaciones aquellas personas que tengan a su cargo hijos menores de 12 años, o bien algún familiar –hasta segundo grado de consanguineidad- en situación de dependencia o con una minusvalía superior al 33 por ciento.

Esta ventaja podrá disfrutarse por un tiempo máximo de un año, sin obviar que debe mantenerse al empleado con contrato en vigor durante todo el tiempo que dure la bonificación, y siempre por un periodo superior a tres meses.

Desde el portal de empresas de la Agencia EFE explican que el SEPE lo que calcularía sería la bonificación de la cuota por contingencias comunes, que se corresponde con el resultado de aplicar a la base media que tuviera el trabajador/a en los 12 meses anteriores a la fecha de acogerse a estas medidas, tipo de cotización mínimo vigente, según tipo de contrato. Además, se respetará el 100% en los casos de contratos indefinidos y el 50% en los temporales.

 

Reincorporación tras maternidad

El segundo tipo de bonificaciones se dirigen a aquellas trabajadoras autónomas que tuvieron que dejar de trabajar a causa de la maternidad, algo que también se contempla en casos de procesos adoptivos y tutelas.

Para disfrutar de estas bonificaciones la condición principal será que no hayan pasado más de 24 meses desde el cese de actividad.

La cuantía de la bonificación será de 60 euros durante 12 meses por contingencias comunes, incluyendo la incapacidad temporal.

 

 
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